Introducción
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) y la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) anunciaron una modificación al Transitorio Décimo Primero de las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE), relacionada con la implementación del nuevo esquema de Declaración de Valor.
Esta actualización otorga más tiempo a los importadores para prepararse, pero también refuerza las responsabilidades que asumirán en sus operaciones de comercio exterior.
¿Qué cambió?
La principal modificación consiste en la ampliación del plazo para la entrada en vigor obligatoria del nuevo esquema.
La fecha límite se recorrió oficialmente al 1 de agosto de 2026, permitiendo que las empresas cuenten con los meses de junio y julio para adaptar sus procesos internos, documentación y sistemas tecnológicos.
Migración a una nueva plataforma
Uno de los cambios más importantes es que el trámite dejará de gestionarse mediante los mecanismos tradicionales asociados a la VUCEM para migrar hacia la Ventanilla Única de Trámites de Comercio Exterior.
Esta transición implica que las empresas deberán familiarizarse con nuevos procedimientos digitales y verificar que sus sistemas sean compatibles con los requisitos establecidos por la autoridad.
Mayor responsabilidad para el importador
La actualización también fortalece la responsabilidad directa del importador respecto a la información declarada.
Bajo el nuevo esquema, será responsabilidad del importador declarar bajo protesta de decir verdad:
- El valor real de la mercancía.
- La información relacionada con la operación comercial.
- La trazabilidad internacional de la mercancía.
- La documentación que respalde la importación.
Esto significa que la responsabilidad legal ya no podrá recaer exclusivamente en terceros participantes de la operación.
¿Qué deben hacer las empresas durante junio y julio?
El periodo de prórroga representa una oportunidad para prepararse adecuadamente.
Se recomienda:
Revisar procesos internos
Verificar cómo se obtiene, valida y almacena la información relacionada con el valor de las mercancías.
Validar la documentación de soporte
Confirmar que facturas, contratos, comprobantes de pago y demás documentos permitan acreditar correctamente el valor declarado.
Capacitar al personal involucrado
Las áreas de compras, comercio exterior, logística y cumplimiento deben conocer las nuevas obligaciones.
Coordinarse con asesores especializados
Contar con acompañamiento especializado puede ayudar a identificar riesgos antes de que la obligación entre en vigor.
¿Qué riesgos existen si no se realiza la adaptación?
La falta de preparación puede generar:
- Retrasos en operaciones de importación.
- Inconsistencias documentales.
- Requerimientos de la autoridad.
- Observaciones durante procesos de revisión.
- Riesgos de incumplimiento normativo.
Conclusión
Aunque la entrada en vigor obligatoria fue pospuesta al 1 de agosto de 2026, la prórroga debe verse como una oportunidad para que las empresas fortalezcan sus procesos de cumplimiento.
La correcta gestión de la Declaración de Valor será un elemento clave para mantener operaciones de comercio exterior seguras, transparentes y alineadas con los nuevos requerimientos establecidos por el SAT y la ANAM.